Reglas 1.6.9 y 4.3.21 del RGCE: por qué tu maquiladora no puede elegir cualquier reciclador
Si tu empresa tiene programa IMMEX, hay una norma que define exactamente a quién puedes entregar tu scrap electrónico. No es una recomendación, no es una buena práctica: es una obligación legal con consecuencias económicas directas.
La Regla 1.6.9 del Reglamento General de Comercio Exterior (RGCE) establece que las mercancías importadas temporalmente bajo un programa IMMEX — incluyendo los residuos que se generan durante el proceso productivo — solo pueden transferirse a empresas que cuenten con su propio programa IMMEX autorizado por el SAT.
En términos simples: si tu planta genera residuos electrónicos que provienen de insumos importados temporalmente, esos residuos son mercancía en régimen temporal. No puedes entregarlos a cualquier reciclador — solo a uno que también tenga IMMEX propio y activo.
¿Por qué importa ahora más que antes?
La reforma a la Ley Aduanera publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de noviembre de 2025 modificó el artículo 178, fracción III, elevando las sanciones por disposición indebida de mercancías en régimen temporal. Las multas aplicables van del 250% al 300% del valor de la mercancía.
Antes de esta reforma, las multas existían pero eran más manejables. Con el nuevo régimen, un error en el canal de disposición de scrap puede generar una contingencia que supera el valor de varios meses de operación.
Quién puede y quién no puede recibir tu scrap
La tabla es simple pero con consecuencias importantes:
- Puede recibir: empresa con programa IMMEX propio, vigente y autorizado por el SAT, que incluya en su programa la recepción de scrap o residuos en régimen temporal.
- No puede recibir: recicladora sin programa IMMEX propio, empresa con IMMEX vencido, o empresa que use un IMMEX de terceros (por ejemplo, operar bajo el paraguas de otro programa).
- Tampoco puede recibir: empresas que tengan IMMEX pero cuyo programa no incluya la fracción arancelaria de tu scrap específico.
La verificación que debes hacer hoy
Si tu empresa tiene programa IMMEX, hay tres verificaciones que tu área de Comercio Exterior debe hacer sobre su actual proveedor de reciclaje:
- Confirmar que el reciclador tiene IMMEX propio y vigente (no subcontratado ni heredado)
- Verificar que el IMMEX del reciclador incluye la fracción arancelaria de tu scrap específico
- Asegurarte de que el reciclador emite la documentación de cambio de régimen correcta para cerrar el ciclo de tu pedimento
¿Tu empresa cumple?
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Verificar mi cumplimiento IMMEXPor qué RMS es la solución específica para empresas IMMEX en Jalisco
Recovery Metals Solutions cuenta con programa IMMEX propio y activo bajo la Reglas 1.6.9 y 4.3.21 del RGCE, con autorización SEMADET y SEMARNAT vigentes. Esto nos hace la única recicladora en Jalisco que puede recibir scrap electrónico de empresas manufactureras con programa IMMEX sin exponer su programa a contingencias aduaneras.
Cada operación genera el expediente que tu área de Comercio Exterior necesita: manifiesto de entrega-transporte-recepción, certificado de destrucción o reciclaje, evidencia en video, y la documentación de cambio de régimen para cerrar el ciclo de tus mercancías temporales.