Damos de baja y destruimos físicamente producto, mercancía o activos para que no se reintroduzcan al mercado. Un proceso ágil, con el respaldo documental de cada operación.
Solicitar diagnóstico gratuitoLa destrucción directa es la forma más ágil de dar de baja material físico. Cuando tienes producto terminado, mercancía con defecto, rechazos, saldos o activos que quieres eliminar —y lo que buscas es asegurarte de que no lleguen al mercado ni a manos equivocadas— la destrucción directa resuelve esa necesidad sin el componente contable-fiscal.
En Recovery Metals Solutions destruimos físicamente el material en nuestra planta, de forma que el producto pierda su forma, su marca y su posibilidad de reventa. Recuperamos el valor de los materiales aprovechables y te entregamos el expediente que respalda toda la operación.
A diferencia de la destrucción fiscal, la directa no requiere el aviso anticipado ni la preparación de documentación para efectos deducibles: por eso el proceso es más rápido. Si además necesitas el respaldo fiscal para dar de baja el inventario en tu contabilidad, esa es la modalidad de destrucción fiscal, y también la hacemos.
Es la opción típica para proteger tu marca: producto fuera de norma, con defecto de calidad, discontinuado o de temporada que no debe revenderse. Nos cuentas qué necesitas eliminar y coordinamos la logística de principio a fin.
Recibimos tu material en planta o lo retiramos de tus instalaciones según el volumen.
Destruimos físicamente el producto para que pierda su forma, marca y posibilidad de reventa.
Separamos y recuperamos el valor de los materiales aprovechables del material destruido.
Te entregamos el expediente que respalda la destrucción y el manejo del material.
Al final de cada trabajo te entregamos el expediente que respalda la operación.
Esta documentación te sirve para amparar el manejo de tus residuos y como soporte para tus reportes ambientales.
Sí. Destruimos físicamente el producto para que pierda su forma y marca, de modo que no pueda reintroducirse al mercado ni revenderse. Ese es justamente el objetivo de esta modalidad.
La directa es más ágil y no requiere aviso previo ni documentación para efectos deducibles. La fiscal atiende una necesidad contable-fiscal y sí requiere preparación anticipada. Hacemos ambas.
En la mayoría de los casos, sí. Recuperamos el valor de los materiales aprovechables y lo reflejamos en el reporte de resultados de la operación.
Para la destrucción directa no es indispensable el aviso anticipado que sí requiere la fiscal, por lo que el proceso es más rápido. Solo coordinamos la logística según el volumen.
Cuéntanos qué necesitas y te decimos cómo te ayudamos y qué valor puedes recuperar — sin compromiso.